
Una vez actualicen sus datos en la página web de la Alcaldía, los bumangueses podrán descargar su recibo de pago electrónico directamente de la página, recibirlo en su correo electrónico o por mensaje de texto.
a Secretaría de Hacienda de Bucaramanga informó que los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado pueden ingresar a la página web impuestos.bucaramanga.gov.co para que actualicen sus datos, e indiquen el medio por el cual desean que se les envíe su recibo de pago de 2021.
Una vez se liquiden los valores de los predios para la nueva vigencia, se procederá al envío de la información para consultas a través del correo electrónico o mensajes de texto suministrado por el ciudadano.
“Para nosotros es muy importante que todos los contribuyentes puedan acceder a cualquier medio electrónico, teniendo en cuenta que la política del alcalde Juan Carlos Cárdenas es que todos accedamos a estos medios para evitar filas y aglomeraciones, nos cuidemos del Covid-19 y además crezcamos en la cultura de ciudad inteligente”, mencionó Saharay Rojas, secretaria de Hacienda de Bucaramanga.
Desde este miércoles 6 de enero, los contribuyentes podrán ingresar y hacer sus pagos en línea.
Igualmente se realizará la apertura de los puntos digitales en las comunas 1, 2, 3, 5, 14, 11, 17 para quien prefiera imprimir su factura para pago presencial, que podrá realizar en todas las sucursales del banco Sudameris.
Aproveche los descuentos
Si los contribuyentes pagan la totalidad del impuesto hasta el 31 de enero próximo podrán acceder al 10% de descuento o el 5% de descuento si el pago se hace antes del 28 de febrero.
Pago diferido
Además, la Secretaria de Hacienda informó que ante su despacho se podrá solicitar el pago diferido de la obligación tributaria en once cuotas.
Las cuotas mensuales tendrán las siguientes fechas límite de pago, sin intereses y sin descuentos:
En el primer semestre del año
Primera: Febrero 26
Segunda: Marzo 31
Tercera: Abril 30
Cuarta: Mayo 28
Quinta: Junio 30
Sexta: Julio 30
En el segundo semestre del año
Primera: Agosto 30
Segunda: Septiembre 30
Tercera: Octubre 29
Cuarta: Noviembre 30
Quinta: Diciembre 30
De acuerdo con la Resolución 3171 de 2020, los contribuyentes que no paguen cada una de las cuotas mensuales que conforman cada semestre en las fechas establecidas, se someterán a las siguientes fechas límites de pago semestral, sin intereses y sin descuentos: Primer semestre: hasta el 31 de marzo de 2021 y Segundo semestre: hasta el 31 de agosto de 2021.
Vanguardia Liberal